Por MSc. Eddie Soto Núñez*
El próximo 15 de setiembre Costa Rica cumplirá el bicentenario de su independencia. El país celebrará numerosos actos conmemorativos a lo largo de todo el territorio nacional. Sumándose a estas iniciativas la Catedra de Historia de la UNED desde la sección de Historia Postal. Presentamos la serie Símbolos Patrios (Año 2006). Centenario del Decreto de modificación del Escudo de Armas de Costa Rica y Centenario de la Ley que oficializa el Pabellón Nacional de Costa Rica.
Acuerdo de Junta Directiva de Correos de Costa Rica en sesión No.3309 de Sesión 630 del 26 de setiembre del 2005.
Fecha de circulación 27 de noviembre del 2006.
Cantidad de emisión 70000 sellos (35000 de cada uno)
(Tipo de cambio $1= ¢ 519.58)
En el diseño de las estampillas: Centenario del decreto de modificación del Escudo de Armas de Costa Rica que suprimió los elementos bélicos 1906-2006.
Centenario de la Ley que oficializa el Pabellón Nacional 1906-2006.
Diseñador: Cristian Ramírez Vargas
Reseña Filatélica basada en: Símbolos Patrios.
Nuestro Pabellón Nacional
El Pabellón Nacional de Costa Rica fue diseñado por Doña Pacífica Fernández Oreamuno, esposa del doctor José María Castro Madriz, quien se inspiró en la vadera de Francia. Decreto número 147 del 29 de setiembre de 1848, -dado durante la administración Castro Madriz dice lo siguiente:
“Artículo1.- El Pabellón Nacional de la República de Costa Rica será tricolor por medio de cinco franjas colocadas horizontalmente, en esta forma: una franja roja ocupará el centro que será comprendido entre dos blancas, a cada una de las cuales le seguirá una azul. El ancho de cada una de las franjas será la sexta parte de la que se dé a toda la bandera, y dos sextas el que corresponda a la franja roja en cuyo centro deberá estar bordad sobre fondo blanco el escudo de Armas de Costa Rica”
Posteriormente, la Ley número 18 del 27 de noviembre de 1906 se refiere en el mismo sentido en cuanto a que el Pabellón Nacional: “será tricolor y formado por cinco fajas colocadas horizontalmente en este orden: Una roja en el centro, una blanca a cada lado de la roja y una azul en el extremo superior e inferior”
El Escudo Nacional, antes llamado Escudo de Armas, fue decretado el 29 de setiembre de 1848. El artículo 3 del decreto dice:
“El Escudo de Armas será colocado entre dos trofeos de guerra y representará tres volcanes y un extenso valle entre dos océanos, navegando en cada uno de estos un buque mercante. Al extremo izquierdo de la línea superior que marca el horizonte se representa el sol naciente. Cerrarán el Escudo dos palmas de mirto, medio cubiertas por un listón ancho que las une, el cual será blanco y contendrá en letra de oro esta leyenda “República de Costa Rica”: al campo que queda encima de los volcanes y las palmas de mirto, lo ocuparán cinco estrellas de igual magnitud y colocadas en forma de arco, que simbolizan los cinco Departamentos de la República. El remate del Estado será un listón azul, enlazado en forma de corona, sobre el cual habrá en letras de plata esta leyenda “América Central”
En 1906 se modifica el Escudo mediante Ley No 18 del 27 de noviembre. Se le colocó un marco dorado y se suprimieron las armas y banderas que lo rodeaban.
Boletín filatélico N° 353
Correos de Costa Rica
*MSc. Eddie Soto Núñez. Profesor e investigador Cátedra de Historia de la UNED. Correo electrónico:
